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I.- PRUEBA DE ASPECTO: LEXICOLOGICOS:
1.- ¿Por qué se dice que el
Derecho es un sistema?
El
Derecho, es considerado un sistema debido justamente a su ordenamiento lógico y
estructurado de normas jurídicas, toda vez que al sistematizar una norma
jurídica es menester la observancia de la especialidad, jerarquía y
temporalidad como principios fundamentales es ubicación y eficacia jurídica, en
tanto a su observancia del debido procedimiento de promulgación, en este orden
de ideas es por consiguiente que se concluye que el Derecho en toda su gama
estructural se debe decir Sistema u Ordenamiento Jurídico.
2.- ¿Qué entiende Ud. Por
sociedad de Conocimiento?
El
término “sociedad del conocimiento” ocupa un lugar estelar en la discusión
actual en las ciencias sociales así como en la política europea. Se trata de un
concepto que aparentemente resume las transformaciones sociales que se están
produciendo en la sociedad moderna y sirve para el análisis de estas
transformaciones. Al mismo tiempo, ofrece una visión del futuro para guiar
normativamente las acciones políticas. Sin embargo, ha tenido una adaptación
desigual en las diferentes áreas lingüísticas concurriendo también con otros
términos como “sociedad de la información” y “sociedad red”.
El concepto de
"sociedad de la información" hace referencia a la creciente capacidad
tecnológica para almacenar cada vez más información y hacerla circular cada vez
más rápidamente y con mayor capacidad de difusión y la "sociedad del
conocimiento" se refiere a la apropiación crítica y selectiva de la
información protagonizada por ciudadanos que saben cómo aprovecharla.
Una cultura y
una sociedad identificadas con estos términos son aquellas en las
cuales la información y el conocimiento tienen un lugar
privilegiado, y la creación, distribución y manipulación de la información
forman parte estructural de las actividades culturales y económicas. La
sociedad de la información es vista como la sucesora de la sociedad industrial.
Relativamente similares serían los conceptos de sociedad
post-industrial (término acuñado por Daniel Bell), posfordismo o sociedad
postmoderna.
Norbert Wiener,
creador de la cibernética, fue quien
anunció el advenimiento de una "sociedad de la información" cuya base
organizativa sería, según él, la circulación sin trabas de la información, a la
que consideraba una nueva materia prima.
La noción de
"sociedad del conocimiento" fue utilizada por primera vez por el
filósofo de la gestión empresarial Peter Drucker, quien previamente
había acuñado el término "trabajador del conocimiento". En el decenio
1990-2000 fue profundizado en una serie de estudios detallados por autores como Robin Mansel o Nico Stehr.
Las sociedades
de la información emergen de la implantación de las tecnologías de
información y comunicación (TIC) en la cotidianidad de las relaciones
sociales, culturales y económicas en el seno de una comunidad, y de forma más
amplia, eliminando las barreras del espacio y el tiempo en ellas, facilitando
una comunicación ubicua y asíncrona.
La eficacia de
estas nuevas tecnologías -actuando sobre elementos básicos de la persona como
el habla, el recuerdo o el aprendizaje-, modifica en muchos sentidos la forma
en la que es posible desarrollar muchas actividades propias de la sociedad
moderna.
La información
no es sinónimo de conocimiento. La información se compone de hechos y sucesos, mientras que
el conocimiento se define como la interpretación de dichos
hechos dentro de un contexto, encaminada a
alguna finalidad.
Para la UNESCO el concepto pluralista de sociedades del conocimiento va más allá
de la sociedad de la información ya que apunta a transformaciones sociales,
culturales y económicas en apoyo al desarrollo sustentable. Los pilares de las
sociedades del conocimiento son el acceso a la información para todos, la
libertad de expresión y la diversidad lingüística
II.- PRUEBA DE ASPECTO: CONCEPTUAL
1.- ¿Cuál es la relación que
Ud. Encuentra entre el Derecho y el avance de las tecnologías de información?
El
avance de la tecnología es sin duda una de las ventajas más competitivas para
la divulgación de los conocimientos jurídicos, en el sentido de que el Derecho
por su naturaleza, es ser dinámica, toda vez que se debe adecuarse a las
circunstancias del contexto real, y resolver conflictos jurídicos o eliminar
incertidumbres jurídicas, en ese orden de ideas es que el Derecho y la
tecnología se relacionan. Un segundo punto de vista es regular la actividad de
los usuarios o consumidores, al momento de utilizar estos medios de
comunicación informáticos, siendo primordial la actividad del Derecho al
establecer cuáles son los límites en la actuación dentro de una
determinada red informática, así como
también encuadrarse dentro de Norma Jurídica suprema del Estado, el cual es la
Constitución Política vigente de 1993. Un tercer punto subjetivo está
relacionado al campo de las relaciones Contractuales en la actualidad, son
modificados por el uso de medios tecnológicos, permite al Sujeto realizar
contratos sin la necesidad de que el sujeto esté presente en ese momento,
facilitando el envió de la aceptación contractual a través de un servicio
tecnológico (fax, Curie).
III.- PRUEBA DEL ASPECTO: CULTURA
GENERAL
1.- CRITERIOS: ¿Cuál es el
rol del Gobierno en relación al curso de las tecnologías de información y
conocimiento. Como se desarrolla a futuro (tratar solo Sector Público)?
En
el Sector Público, el uso de la Tecnología es utilizado para simplificar el envió
de las decisiones judiciales a las partes, por medio de los correos
electrónicos llamados casillas electrónicas, que sin duda conlleva a la
eficacia del principio de Economía y Celeridad Procesal, los cuales tienen la
posibilidad de informarse de lo ocurrido en el proceso o de cualquier acto
procesal válido, también tiene relación con la capacidad del servicio de
Justicia, en la facilidad de poseer información en los procesos observados en
un Juzgado o la trascendencia que posee diferentes reglamentos en el Sistema Jurídico,
por ende el uso de la tecnología facilita el conocimiento de las partes procesales
y permite al Sistema De Justicia conocer lo efectuado en un proceso.
Desde
el punto de vista Público, es netamente que para la proyección del Gastos e
ingresos del Estado, es que sirve la tecnología informática, proyectándose en
tal sentido que se establece anualmente una “Presupuesto Público” o también
llamado “Año Fiscal”, que se plasma en nuestra Constitución Política del
Estado, en su articulado 77°, toda vez que sirve como fundamento planeamiento
para el futuro.
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